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Resolución Ayudas de libros y comedores escolares 2020-21

Miércoles, 2 Septiembre, 2020

Estimadas familias:

Con fecha 1 de septiembre se ha publicado la Segunda Resolución Parcial ayudas de libros de texto y comedor escolar concedidas de oficio curso 2020/2021 y la Propuesta de Resolución Provisional de solicitudes concedidas y denegadas solicitudes presentadas curso 2020/2021 convocatoria libros de texto y comedor escolar al amparo del decreto 20/2018 de 10 de abril y el decreto 30/2020 de 30 de junio.

Realicen el seguimiento del estado de la solicitud en la plataforma PAPÁS https://papas.educa.jccm.es/papas/, con la clave que utilizaron para presentar la solicitud, .

Una vez en PAPAS, en: “CÓMO VAN MIS TRÁMITES” seleccionen la última solicitud registrada y elijan la opción “Datos de la solicitud”. En el caso de las solicitudes renovadas de oficio también lo pueden consultar seleccionando la solicitud que tiene curso 2020/2021.

También se han publicado los listados correspondientes a cada resolución en la Sede electrónica y en el siguiente enlace del portal de educación http://www.educa.jccm.es/alumnado/es/servicios-educativos/convocatoria-ayudas-comedores-escolares-libros-texto-curso

En este link  van a encontrar 3 resoluciones:

La Primera Resolución Parcial de solicitudes de ayudas de libros concedidas de oficio al alumnado matriculado en 1º y 2º de educación primaria en el curso 2020/2021contiene las solicitudes concedidas al amparo de la base 1ª punto 1.a del decreto 30/2020. Enlace a la misma: http://www.educa.jccm.es/alumnado/es/servicios-educativos/convocatoria-ayudas-comedores-escolares-libros-texto-curso/primera-resolucion-parcial-ayudas-libros-concedidas-oficio

La Segunda Resolución Parcial ayudas de libros de texto y comedor escolar concedidas de oficio curso 2020/2021, contiene las solicitudes concedidas al amparo de la base 1ª punto 1.a y 2. a del Decreto 30/2020..Esta resolución complementa a  la primera. Enlace a la misma: http://www.educa.jccm.es/alumnado/es/servicios-educativos/convocatoria-ayudas-comedores-escolares-libros-texto-curso/segunda-resolucion-parcial-ayudas-libros-texto-comedor-esco

La Propuesta de Resolución Provisional de solicitudes concedidas y denegadas solicitudes presentadas para el curso 2020/2021. Enlace a la misma: http://www.educa.jccm.es/alumnado/es/servicios-educativos/convocatoria-ayudas-comedores-escolares-libros-texto-curso/propuesta-resolucion-provisional-solicitudes-concedidas-den

Los solicitantes incluidos en la primera y segunda resolución parcial al tratarse de resoluciones definitivas no pueden presentar reclamación, tienen que presentar recurso en el plazo de un mes desde el día siguiente de la publicación de la convocatoria.

Los beneficiarios de las ayudas concedidas de oficio que han cambiado su situación socioeconómicas y quieren solicitar que se les valore el cambio de tramo II a tramo I, tienen que solicitarlo a partir del día 16 de septiembre, mediante la presentación documentación adicional que acredite esta nueva situación.

En caso de los solicitantes incluidos en la  Resolución Provisional de solicitudes concedidas y denegadas, pueden presentar reclamación de forma telemática eligiendo la opción “Presentar reclamación” través de la plataforma educativa Papás 2.0 (https://papas.jccm.es), desde el 2 hasta el 15 de septiembre ambos incluidos según el procedimiento establecido e indicado en el manual de usuario de “Presentar Reclamaciones” en Papás (adjuntado). La documentación no se admite en papel o adjuntada a correos electrónicos.

SÓLO Y EXCEPCIONALMENTE,  en el caso de las solicitudes que no se pudieron hacer a través de Papás y se grabaron directamente en Delphos, las reclamaciones y documentación acreditativa se podrán presentar en papel, una vez publicada la Resolución Provisional, en cualquier Oficina de Información y Registro (OIR) de la Administración Regional dirigidas a la Dirección Provincial correspondiente de la Consejería de Educación, Cultura y Deportes.

En el caso de las denegaciones por falta de acreditación de renta, los solicitantes siempre deben adjuntar a la reclamación la documentación acreditativa (del ejercicio económico 2018) indicada en apartado cuarto sobre “Acreditación y comprobación de los requisitos” artículo 19 del Decreto 20/2018  que regula la convocatoria.

Si tienen dudas concretas sobre esta actuación consulten en la Secretaría del centro.

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